El Parlamento Europeo aprueba el Reglamento que establecerá la cartera de identidad digital de la UE

El Parlamento Europeo aprueba el Reglamento por el que se establecerá la cartera de identidad digital

El Reglamento aprobado el pasado jueves por el Parlamento Europeo establece el marco de la cartera de identidad digital de la UE. Ésta permitirá la identificación y autenticación online para proporcionar a la ciudadanía acceso digital transfronterizo a servicios públicos y privados, así como almacenar, compartir y firmar documentos electrónicamente. Ahora, el texto deberá ser adoptado formalmente por el Consejo Europeo.

La cartera de identidad digital europea proporcionará acceso online a servicios públicos y privados.

Con la cartera de identidad digital europea, no será necesario recurrir a proveedores comerciales, una práctica que genera preocupaciones en materia de confianza, seguridad y privacidad. Además, su uso será voluntario.

Durante las negociaciones, los eurodiputados propusieron disposiciones para salvaguardar los derechos de la ciudadanía y fomentar un sistema digital inclusivo, evitando la discriminación contra las personas que optan por no utilizar este servicio.

Control sobre los datos

El Reglamento prevé firmas electrónicas cualificadas de manera gratuita para los usuarios de la cartera de identidad digital europea, que son las más fiables y tienen el mismo estatus legal que una firma manuscrita; además de interacciones entre carteras para mejorar la fluidez de las relaciones digitales.

El Parlamento Europeo también ha establecido que la cartera de identidad digital será de código abierto, a fin de fomentar la transparencia y la innovación y mejorar la seguridad. También ha dispuesto reglas estrictas para el registro y la supervisión de las empresas involucradas con el propósito de garantizar la rendición de cuentas y la trazabilidad.

A través del denominado panel de privacidad, los usuarios podrán tener un control total sobre el uso y la reutilización de sus datos, así como solicitar su eliminación, de acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos.

 
 
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