El Consejo Europeo y el Parlamento han llegado a un acuerdo político provisional en torno a la propuesta para revisar la Directiva europea sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas, cuyo objetivo es ampliar su ámbito de aplicación y adaptarla a las metas del Pacto Verde. El texto se presentará a los representantes de los Estados miembros en el Consejo (Coreper) y a la Comisión de Medio Ambiente del Parlamento para su refrendo y posterior publicación en el Diario Oficial de la UE y entrada en vigor.
La Directiva europea revisada es uno de los principales resultados del Plan de Acción Contaminación Cero de la UE. El ámbito de aplicación y la obligación de establecer sistemas colectores de aguas residuales urbanas se ha ampliado a aglomeraciones urbanas a partir de 1.000 habitantes equivalentes (h-e), frente a los 2.000 de las normas actuales.
Asimismo, el Parlamento y el Consejo han prorrogado el plazo para el cumplimiento de la mencionada obligación de 2030 a 2035 y han introducido excepciones. Si el establecimiento de un sistema colector no está justificado o no es viable o rentable, los Estados miembros pueden utilizar sistemas individuales.
Plan de gestión integrada de las aguas residuales urbanas
El texto también fija plazos para que los países comunitarios establezcan un plan de gestión integrada de las aguas residuales urbanas, que abarque las aglomeraciones urbanas de más de 100.000 h-e de aquí a 2033 y las de 10.000 a 100.000 h-e antes de finales de 2039. Se revisarán, al menos, cada seis años, en consonancia con la Directiva marco sobre el agua.
Por otro lado, los colegisladores han ampliado a todas las aglomeraciones urbanas de 1.000 h-e o más la obligación de aquí a 2035 de aplicar un tratamiento secundario, es decir, la eliminación de materia orgánica biodegradable, a las aguas residuales urbanas antes de su vertido en el medio ambiente. En este caso, también se han determinado excepciones.
Igualmente, se han armonizado los umbrales y plazos para el tratamiento terciario (eliminación de nitrógeno y fósforo) y el cuaternario (eliminación de un amplio espectro de microcontaminantes). Para 2039 y 2045 los Estados miembros tendrán que garantizar estos tratamientos, respectivamente, en instalaciones grandes a partir de 150.000 h-e. Se disponen objetivos intermedios para 2033 y 2036 en el tratamiento terciario, y 2033 y 2039 en el cuaternario.
Para 2045 se ha acordado que las obligaciones de tratamiento terciario y cuaternario se harán extensivas a las aglomeraciones a partir de 10.000 h-e que cumplan los criterios fijados. Se ha introducido una excepción al requisito de tratamiento terciario en el caso de que las aguas residuales urbanas tratadas se reutilicen para el riego agrícola, sin riesgos medioambientales ni sanitarios.
Responsabilidad ampliada del productor y neutralidad energética
Para cubrir los costes adicionales derivados del tratamiento cuaternario y, siguiendo el principio de ‘quien contamina paga’, los fabricantes de productos farmacéuticos y cosméticos que contaminan las aguas residuales urbanas tendrán que cubrir un mínimo del 80% de los costes del tratamiento adicional a través de un sistema de responsabilidad ampliada del productor. El objetivo es que las industrias más contaminantes contribuyan de forma equitativa al tratamiento de las aguas residuales urbanas contra los microcontaminantes.
Los costes de recogida y verificación de los datos sobre los productos introducidos en el mercado también correrán a cargo de los productores y los Estados miembros tendrán cierta flexibilidad en cuanto al reparto de los costes restantes. Los colegisladores han encargado a la Comisión Europea que evalúe el posible impacto de esta disposición.
Adicionalmente, el acuerdo político provisional sobre la Directiva europea reconoce el potencial del sector del tratamiento de aguas residuales urbanas para ayudar a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y establece un objetivo de neutralidad energética: de aquí a 2045 las instalaciones de tratamiento tendrán que producir energía a partir de fuentes renovables con objetivos intermedios progresivos.