El Consejo Europeo ha adoptado la revisión de la Directiva de 2010 sobre el despliegue de sistemas de transporte inteligente (ITS, por sus siglas en inglés), con vistas a acelerar la transformación digital para avanzar hacia una movilidad más inteligente en la UE.
La Directiva revisada se propone tener en cuenta los avances tecnológicos, como la movilidad conectada y automatizada, las aplicaciones de movilidad según demanda y el transporte multimodal.
Asimismo, pretende acelerar la disponibilidad y mejorar la interoperabilidad de los datos digitales que dan información a servicios como los de navegación y los planificadores de viajes multimodales. Esto permitirá a los vehículos y las infraestructuras viarias comunicarse entre sí para advertir de imprevistos o embotellamientos, entre otras cosas. De esta manera, la nueva Directiva supone un avance para la creación de un espacio común europeo de datos relativos a la movilidad.
Disposiciones principales
Entre las principales disposiciones de la Directiva revisada, amplía el ámbito de aplicación de la anterior para abarcar los servicios emergentes, como los de información, reserva y expedición de billetes multimodales; la comunicación entre vehículos e infraestructuras y la movilidad automatizada.
Además, establece objetivos para la digitalización de información crucial, como la relativa a los límites de velocidad, las obras en carreteras y los nodos de acceso multimodal; y para la prestación de servicios esenciales, como los de información sobre seguridad vial. De este modo, se ofrecerá una cobertura más amplia de información en tiempo real y asistentes de velocidad inteligentes más precisos.
La nueva Directiva conserva el carácter marco de la anterior y las diversas intervenciones técnicas mediante actos delegados y de ejecución. Así, contiene un programa de aplicación que abarca los próximos cinco años y un ámbito geográfico preciso de la red de carreteras cuyo requisito básico consiste en que se pueda acceder a los datos y se puedan reutilizar. Mediante actos delegados, se podrán complementar algunos aspectos de este programa.
En los anexos figuran los tipos de datos que deben estar disponibles en toda la UE, como las condiciones de acceso a los túneles y puentes, los límites de velocidad, los planes de circulación del tráfico, las restricciones de acceso permanentes, los cierres y obras de carreteras, las medidas temporales de gestión del tráfico, además de los servicios esenciales, como los de seguridad vial.
La nueva Directiva sobre ITS se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea en las próximas semanas y entrará en vigor a los 20 días de su publicación. A partir de entonces, los Estados miembros dispondrán de 24 meses para cumplirla.