Fundación ONCE ha lanzado una convocatoria de ayudas, dotada de un millón de euros, para subvencionar proyectos de formación en competencias tecnológicas y digitales dirigidos a personas con discapacidad con el objetivo de contribuir a mejorar la empleabilidad y la plena inserción social del colectivo.
Según las bases de la convocatoria para la formación en competencias digitales de Fundación ONCE, podrán beneficiarse de las subvenciones las asociaciones, fundaciones, federaciones y confederaciones y congregaciones religiosas de la discapacidad, cuyo fin estatutario o definición del objeto fundacional esté prioritariamente dirigido a la mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad y/o de sus familias.
Se enmarca en ‘Por Talento Digital’, un programa de formación permanente en competencias digitales y profesiones tecnológicas impulsado por Fundación ONCE para favorecer la inclusión de personas con discapacidad en puestos tecnológicos y digitales.
Requisitos de la convocatoria
Los programas formativos que opten a las ayudas deberán concebirse con las finalidades concretas de reducir la brecha digital, aumentar el nivel de utilización de las TIC en la búsqueda de empleo, promover la adquisición de competencias digitales en personas desempleadas y ocupadas, o elevar el número de especialistas TIC, entre otras.
Además, deberán contar con entre 120 y 200 horas lectivas, de las que al menos un 75% tendrán que emplearse en contenidos específicos digitales y tecnológicos y el 25% restante (como máximo) en competencias y habilidades generales para el empleo. Cada proyecto tendrá que ofrecer formación a un mínimo de 8 alumnos y a un máximo de 15 y llevarse a cabo entre el 15 de noviembre de 2022 y el 15 de marzo de 2023.
Las entidades interesadas podrán solicitar las subvenciones a través del correo electrónico convocatoria.xtd@gen.fundaciononce.es hasta el próximo 22 de septiembre a las 12:00 horas.
Destinatarios de los programas de formación
En cuanto a los destinatarios de los programas financiados, deben ser españoles con un grado de discapacidad del 33% o superior, ciudadanos de la Unión Europea o de los Estados del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia, o extranjeros extracomunitarios con permiso de residencia en vigor.
Se considerará que presentan una discapacidad igual o superior al 33% también los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y aquellos de clases pasivas con una pensión reconocida de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.