El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), el Real Decreto que regula los programas de ayuda, por valor de 4.420 millones de euros con cargo a los fondos europeos Next Generation, en materia de rehabilitación residencial y vivienda social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El Real Decreto aprobado el pasado martes 5 de octubre regula el desarrollo de las inversiones del Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales, con un presupuesto de 3.420 millones de euros. El objetivo global es alcanzar la cifra acumulada de 510.000 actuaciones de renovación en vivienda y ayudar a multiplicar por diez el ritmo de rehabilitaciones en España para el segundo trimestre de 2026.
De la misma manera, regula el Programa de construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes, dotado con 1.000 millones. A través de esta normativa también se regulan 450 millones para financiar incentivos fiscales a la rehabilitación.
Estas inversiones forman parte del Componente 2 del Plan de Recuperación, ‘Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana’, que cuenta con 6.820 millones de euros asignados.
Actuaciones en materia de rehabilitación
La nueva normativa articula los planes en seis programas. El primero tiene como objetivo financiar obras de rehabilitación en edificios y viviendas a nivel de barrio dentro de Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) que obtengan una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable.
Podrá destinarse una parte de la subvención a actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico, y a la prestación de servicios de oficina de rehabilitación tipo ventanilla única que facilite la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas. La intensidad máxima de la ayuda estará condicionada por el ahorro energético al final de la actuación y podrá alcanzar hasta 21.400 euros por vivienda. En casos de vulnerabilidad económica o social, se financiará hasta el 100% del coste.
Un segundo programa de apoyo tiene como finalidad financiar el servicio de oficinas de rehabilitación tipo ventanilla única, ofreciendo servicios integrales de información, gestión y acompañamiento por parte de las comunidades autónomas y entidades locales.
Por su parte, el programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio subvencionará obras en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética. Deberá obtenerse una reducción de consumo de energía primaria no renovable del edificio igual o superior al 30%.
La intensidad máxima de esta ayuda también se verá condiciona por el ahorro energético final de la actuación, pudiendo alcanzar 18.800 euros por vivienda. En caso de que se cumpla el criterio social, podrá llegar al 100% del coste de la actuación, y se aplicará a través de convocatorias públicas de las diferentes comunidades autónomas.
En cuanto al programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética en viviendas, financiará actuaciones u obras en este sentido en domicilios habituales y permanentes. Serán subvencionables las actuaciones de reducción de la demanda energética (calefacción y refrigeración) de al menos un 7%, de disminución del consumo de energía primaria no renovable de un mínimo de un 30% y de modificación o sustitución de elementos constructivos en la fachada de adecuación al Código Técnico de la Edificación.
El importe de la ayuda será del 40% del coste de la actuación con un límite de 3.000 euros por vivienda y el coste mínimo ha de ser de al menos 1.000 euros. Se aplicará a través de convocatorias públicas de las comunidades autónomas.
El quinto programa en materia de rehabilitación tiene por objeto subvencionar la implantación y generalización del Libro del Edificio existente y el desarrollo de proyectos técnicos de rehabilitación integral en edificios finalizados antes del año 2000 y cuyo uso predominante sea el de vivienda.
Es subvencionable la elaboración del Libro y la redacción del proyecto en edificios que cumplan los requisitos establecidos en el programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio. Las cuantías dependerán del número de viviendas del edificio y podrán alcanzar hasta 3.500 euros por Libro y hasta 30.000 euros por proyecto de rehabilitación. Se aplicará a través de convocatorias públicas de las comunidades autónomas.
Construcción de viviendas en alquiler social eficientes
El último programa financiará el incremento durante un periodo mínimo de 50 años del parque público de viviendas eficientes energéticamente destinadas al alquiler social o a precio asequible mediante la promoción de viviendas de nueva construcción sobre terrenos de titularidad pública o rehabilitación de edificios públicos destinados a otros usos. Las actuaciones deberán garantizar un consumo de energía primaria no renovable, como mínimo, inferior en un 20% a los requisitos exigidos en el Código Técnico de Edificación.
Tras la aprobación del Real Decreto, el Mitma transferirá este año 2021 a las comunidades y ciudades autónomas un total de 1.151 millones de euros para que puedan aplicar los diferentes programas de rehabilitación. A comienzos de 2022 procederá a transferir los fondos correspondientes al programa de construcción de vivienda social.