El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) dos órdenes ministeriales que regulan el sistema de gestión y el suministro de información y seguimiento de los fondos europeos contemplados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las dos nuevas órdenes ministeriales elaboradas por la Secretaría General de Fondos Europeos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública, definen el sistema de información y gestión, así como el suministro de información para hacer efectiva una evaluación sobre el cumplimiento de los hitos y objetivos del Plan de Recuperación, tal y como exige la Comisión Europea para transferir los fondos.
A España le corresponden hasta 140.000 millones de euros en los próximos 6 años, procedentes del Plan de Recuperación para Europa. Estos recursos afianzarán la recuperación económica y la creación de empleo, así como transformarán el modelo productivo para acelerar la digitalización, la transición ecológica, la cohesión social y territorial, y la igualdad.
Gestión del Plan de Recuperación
La primera orden ministerial aprobada hace referencia al sistema de gestión del Plan de Recuperación. Recoge las medidas necesarias para lograr cinco objetivos, entre los que figura integrar las actuaciones de gestión que correspondan a las administraciones públicas y, en su caso, los actores privados.
También incluye los objetivos de diseñar los mecanismos de planificación, coordinación y formación para la ejecución del Plan; y habilitar un sistema de información para su seguimiento y así facilitar la toma de decisiones para su adecuado cumplimiento y concretar el resultado de las actuaciones, su justificación y la rendición de cuentas a la sociedad y a las instituciones.
Otro objetivo consiste en diseñar una estructura de Informes de Gestión con la finalidad de que los órganos responsables y gestores de las reformas e inversiones formalicen el resultado de sus actuaciones en términos de hitos y objetivos, así como los recursos utilizados para su consecución. Por último, contempla formalizar las Declaraciones de Gestión ante la Comisión Europea con seguridad jurídica, de acuerdo con el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo.
Esta norma se basa en los principios de seguridad jurídica, coordinación y responsabilidad. Para maximizar la absorción de los fondos establece el concepto de hito y objetivo, los criterios para su seguimiento y acreditación del resultado, el etiquetado verde y etiquetado digital, el refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude y la corrupción; y la identificación del perceptor final de los fondos.
Sistema de Información
La segunda orden ministerial se refiere al suministro de información y seguimiento del Plan de Recuperación. El Sistema de Información ha sido diseñado para la coordinación y seguimiento por los distintos agentes implicados en la ejecución del Plan -administración estatal, autonómica y local-, dando respuesta a las necesidades de planificación, gestión, control y rendición de cuentas.
Esta herramienta permitirá a los responsables de los distintos niveles de las administraciones públicas desarrollar sus capacidades de planificación, seguimiento y control de proyectos de inversión pública. Además, reforzará sus habilidades para la gestión preventiva, es decir, para anticiparse a posibles problemas y evitar incumplimientos.
Con la implantación del Sistema de Información se transforma el funcionamiento de las administraciones públicas hacia una cultura orientada a la gestión por objetivos, que tendrá impacto tanto en la gestión de los fondos europeos como en otros ámbitos.