El Ayuntamiento de Madrid aprueba la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible

El Ayuntamiento de Madrid aprueba la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible

El Ayuntamiento de Madrid ha dado luz verde en Pleno extraordinario a la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS), que respalda la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360. Entre otras medidas, el texto establece el marco normativo para que todo el territorio de la capital se convierta en Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de manera progresiva, impulsa la micromovilidad, la carga y descarga inteligente, y configura la ciudad como un laboratorio de innovación en movilidad.

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la modificación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS).

Con la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid aprobada el pasado lunes, el Ayuntamiento aspira a dar cumplimiento a la Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se establecen los límites de calidad para garantizar un aire saludable; así como a la exigencia estatal de establecer Zonas de Bajas Emisiones en todas las ciudades de más de 50.000 habitantes, según fija la Ley de Cambio Climático y Transición Energética.

Además de las ZBE, la OMS incluye el impulso de la micromovilidad y las bicicletas, la creación de la tarifa dinámica SER (Servicio de Estacionamiento Regulado), las plazas de carga y descarga inteligente para vehículos de mercancías, los aparcamientos de alta rotación para reducir el tráfico de agitación y la configuración de la ciudad como un laboratorio de la movilidad.

Esta normativa, compuesta por 245 artículos, se articula en torno a la mejora de la calidad del aire y la seguridad vial, la integración de todos los modos de transporte armonizando y racionalizando los distintos usos del espacio público, y la promoción de la eficiencia, la innovación y la transformación digital de la administración, hacia una ciudad más sostenible que facilite el desarrollo social, económico y urbano equilibrado.

Últimas novedades introducidas

La nueva ordenanza del Ayuntamiento de Madrid incorpora modificaciones procedentes de las alegaciones de la fase de información pública, así como otras consideraciones y mejoras técnicas. Entre los cambios incorporados en las últimas semanas, destacan novedades que afectan al estacionamiento en la ciudad y a la liberación de las aceras de vehículos.

Por su parte, la ampliación prevista del SER a 20 nuevos barrios de la ciudad se llevará a cabo con acuerdo previo favorable de la junta de distrito y se incrementa al 80% el mínimo de plazas verdes (para residentes) de estacionamiento regulado en cada barrio.

En cuanto a las reservas de carga y descarga de mercancías, se aumenta a 45 minutos el tiempo de estacionamiento. Además, la OMS contempla situar puntos de carga y descarga de mercancías en todos los aparcamientos de titularidad municipal.

En el ámbito de la seguridad vial, se limita la velocidad para vehículos a motor a 20 kilómetros por hora en vías urbanas que dispongan de plataforma única de calzada y acera cuando existan elementos separadores entre las mismas y a 15 kilómetros por hora cuando no los haya. También se rebaja a 20 kilómetros por hora la velocidad de los vehículos en entornos escolares.

Por último, la propuesta de autobús a demanda se extenderá en horario diurno y nocturno en algunas zonas y líneas con baja densidad de población o alejadas de edificaciones.

Calendario de restricciones a los vehículos más contaminantes

Para incentivar la transición hacia la movilidad sostenible, la OMS incluye la restricción progresiva de la circulación a los vehículos más contaminantes mediante la creación de Madrid Zona de Bajas Emisiones, cuya aplicación es por anillos territoriales.

A partir del 1 de enero de 2022, queda prohibido el acceso y circulación a los vehículos A por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30. Una vez se ponga en marcha el contrato automatizado, se iniciará la fase de aviso que contempla la ordenanza durante dos meses.

Desde 2023, queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30. A partir de 2024, la restricción se amplía a todas las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE y desde 2025 se extiende también a los vehículos sin distintivo domiciliados en la capital.

La figura de ZBE de Especial Protección en el centro y plaza Elíptica aportará medidas adicionales de restricción de circulación, velocidad o creación de zonas peatonales, debido a que las necesidades de mejora medioambiental en estos puntos son más acusadas. La ZBEDEP Distrito Centro se pondrá en marcha una vez que la ordenanza se publique en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) en los próximos días y la ZBEDEP Plaza Elíptica activará las cámaras antes de finales de año.

Laboratorio de la movilidad

La nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid recoge el estudio de las condiciones en que deberá regularse la movilidad aérea urbana de aeronaves pilotadas por control remoto (RPA) cuando lo habilite la normativa comunitaria y estatal sobre operaciones de estos sistemas.

Además, fija un plazo de nueve meses desde la entrada en vigor de la normativa para que el Ayuntamiento de Madrid cree la Comisión de Movilidad Aérea Urbana, órgano de asesoramiento encargado de colaborar con los diferentes agentes de los sectores del transporte y la innovación.

Dentro del título dedicado a la innovación de la movilidad segura, sostenible y conectada, se contempla la posibilidad de establecer bancos de pruebas regulatorios (sandbox) en los que desarrollar proyectos piloto para fomentar la seguridad vial, la eficiencia energética y la sostenibilidad medioambiental para el mejor ejercicio de las competencias municipales y favorecer la actividad económica en la ciudad.

 
 
Patrocinio Plata
Patrocinio Bronce
Salir de la versión móvil