La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha dado luz verde al anteproyecto para la modificación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS), que se llevará a Pleno para su aprobación definitiva en dos meses. Esta ordenanza, junto con la de Calidad del Aire y Sostenibilidad, respalda la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360.
La nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid pretende impulsar la movilidad sostenible, proteger la vida, integridad física y la salud de las personas a través de la mejora de la calidad del aire y la seguridad vial, integrar todos los modos de movilidad armonizando y racionalizando los distintos usos del espacio público, y promover la eficiencia y la innovación. El texto se someterá a información pública durante un periodo de 30 días desde su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Entre las medidas de la OMS, se incluye el refuerzo de la seguridad vial en las vías urbanas, especialmente en las aceras y zonas peatonales de cara a los colectivos más vulnerables. Obliga a estacionar en los espacios señalizados para ello, preferiblemente en la calzada, para garantizar la accesibilidad universal.
Además, la modificación de la ordenanza pretende integrar todos los modos de transporte, por lo que se pondrá en marcha un autobús a demanda nocturno y podrá autorizarse en determinadas líneas de autobuses la parada extraordinaria para la bajada o subida de las personas que lo soliciten. Del mismo modo, se crearán plazas de alta rotación para reducir el tráfico y favorecer la movilidad de forma compatible con la demanda de estacionamiento.
Laboratorio de la movilidad
La Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid incluye el estudio de las condiciones en las que deberá regularse la movilidad aérea urbana de aeronaves pilotadas por control remoto (RPA) cuando lo habilite la normativa comunitaria y estatal sobre operaciones de estos sistemas.
La Disposición Adicional Segunda, bajo el título ‘Movilidad aérea urbana’, fija un plazo de nueve meses desde la entrada en vigor de la normativa para que el consistorio cree la Comisión de Movilidad Aérea Urbana, órgano de asesoramiento encargado de colaborar con la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y el resto de autoridades estatales, el sector aeroespacial, los sectores del transporte y la innovación.
En el ámbito del impulso a la eficiencia y la innovación, el área de Medio Ambiente y Movilidad desarrolla un nuevo título en la Disposición Adicional Cuarta para la ‘Innovación de la movilidad segura, sostenible y conectada’. El Ayuntamiento de Madrid podrá establecer bancos de pruebas regulatorios en los que desarrollar proyectos piloto para mejorar el ejercicio de las competencias digitales o favorecer la actividad económica de la ciudad.
Calendario de restricciones de acceso y circulación
El calendario de limitaciones a la circulación de la OMS para los vehículos que no estén dados de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid comienza por las zonas con mayores niveles de contaminación, las situadas en el interior de la M-30.
Desde el 1 de enero de 2022, quedará prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30; y, a partir de 2023, también estará prohibido en la propia M-30.
Desde el 1 de enero de 2024, quedará prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE. Por último, a partir de 2025 la prohibición se extenderá a los A de Madrid.
Para 2024, se espera reducir la presencia de turismos A un 92,7% y se prevé su desaparición en 2025. Según estimaciones de la Universidad Politécnica de Madrid para la modelización de Madrid 360, las restricciones a la movilidad y los cambios hacia tecnologías no contaminantes supondrán una disminución de 1.147 toneladas anuales de óxido de nitrógeno (NOx). Además, se calcula que con Madrid ZBE se producirán 92.000 desplazamientos más en transporte público, trasvasando el 62% de los conductores de vehículos privados a este medio.
Medidas especiales y SER
La Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid restringe progresivamente la circulación a los vehículos más contaminantes, aquellos que no poseen distintivo ambiental (A), mediante la creación de Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Además, crea la figura de Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) en Centro y Plaza Elíptica, que contarán con medidas adicionales, tales como restricción de circulación, velocidad y creación de zonas peatonales, debido a las necesidades de mejora ambiental en estas áreas son más acusadas.
La ZBEDEP Plaza Elíptica permitirá reducir el tráfico de la zona un 18,6% y un aumento de la velocidad media del 42%, permitiendo reducir 1.500 vehículos en hora punta. Asimismo, Madrid ZBE equipara el tratamiento para residentes y comerciantes que desarrollen su actividad en la zona.
La normativa también regula la nueva tarifa dinámica del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) con la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en determinadas zonas de la capital (OFSER) con el fin de evitar un aumento de los niveles de dióxido de nitrógeno. En esta misma línea, contempla la posible ampliación del SER a 20 nuevos barrios.
Asimismo, se aborda el sistema de gestión inteligente del uso de las reservas de carga y descarga de mercancías para reducir las emisiones y fomentar el uso de las tecnologías menos contaminantes en el ámbito de la distribución urbana de mercancías.
De la misma manera, se introduce la exigencia a los vehículos empleados en la gestión directa o indirecta de servicios municipales y en la ejecución de prestaciones contratadas a que cuenten con vehículos CERO, ECO y C. Asimismo, se obligará a cumplir con los requisitos acústicos para reducir las emisiones de ruido.