El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el pasado jueves 13 de mayo la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, una vez votados y ratificados los cambios realizados durante su tramitación en el Senado. Entre otros objetivos, persigue lograr la descarbonización de la economía antes de 2050.
La recién aprobada Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establece varios objetivos mínimos nacionales para el año 2030.
Entre ellos, se encuentran la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero en, al menos, un 23% respecto a 1990; alcanzar una penetración de energías renovables en el consumo de energía final de, como mínimo, un 42%; lograr un sistema eléctrico con, al menos, un 74% de generación a partir de energías de origen renovable; y mejorar la eficiencia energética disminuyendo el consumo de energía primaria en, como mínimo, un 39,5% con respecto a la línea de base conforme a normativa comunitaria.
De la misma manera, España deberá alcanzar la neutralidad climática y el sistema eléctrico deberá estar basado, exclusivamente, en fuentes de energía renovable antes de 2050 y, en todo caso, en el plazo más corto posible.
El Consejo de Ministros podrá revisar al alza los objetivos establecidos para adaptarlos a la evolución de los avances tecnológicos y del conocimiento científico, y cumplir con el Acuerdo de París y la normativa de la Unión Europea. Así, contempla una primera revisión en 2023.
El texto recoge como instrumentos de planificación para abordar la transición energética los Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima (PNIEC) y la Estrategia de Descarbonización a 2050. Dicha estrategia deberá ser aprobada por el Gobierno mediante real decreto para establecer una senda de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y de incremento de las absorciones por los sumideros del conjunto de la economía española hasta 2050.
Planes de movilidad urbana sostenible
La Ley de Cambio Climático y Transición Energética establece que los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares deberán adoptar antes de 2023 planes de movilidad urbana sostenible que introduzcan medidas de mitigación para permitir la reducción de las emisiones derivadas de la movilidad.
De la misma manera, la norma prevé que se adopten las medidas necesarias, de acuerdo con la normativa de la Unión Europea, para que los turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos -excluidos los matriculados como vehículos históricos- no destinados a usos comerciales reduzcan paulatinamente sus emisiones, de modo que en el año 2040 a más tardar sean vehículos con emisiones de 0 g CO2/km establecidas conforme la normativa comunitaria.
Además, a partir de su entrada en vigor, no se otorgarán en el territorio nacional -incluido el mar territorial, la zona económica exclusiva y la plataforma continental- nuevas autorizaciones de exploración, permisos de investigación de materiales con propiedades radiactivas y de hidrocarburos o concesiones de explotación para los mismos. Tampoco se admitirán actividades de explotación de hidrocarburos en las que estén previstas la utilización de la fracturación hidráulica de alto volumen o ‘fracking’.
Desarrollo rural y rehabilitación de edificios
De acuerdo con la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, el despliegue de las energías renovables deberá llevarse a cabo de manera compatible con la conservación del patrimonio natural y la adecuada ordenación territorial.
Asimismo, las administraciones públicas fomentarán el conocimiento sobre los efectos del cambio climático en la salud pública y sobre las iniciativas encaminadas a su prevención. De igual modo, el Gobierno deberá revisar el tratamiento del cambio climático y la sostenibilidad en el currículo básico de las enseñanzas que forman parte del sistema educativo de manera transversal.
La norma también contempla el fomento de la renovación y rehabilitación de los edificios existentes, tanto públicos como privados, para alcanzar la alta eficiencia energética y descarbonización a 2050. En este sentido, en un plazo inferior a seis meses desde la entrada en vigor del texto, el Ejecutivo deberá elaborar un Plan de Rehabilitación de Viviendas y Renovación Urbana.
A través de esta ley se creará el Comité de Expertos de Cambio Climático y Transición Energética como órgano responsable de evaluar y hacer recomendaciones sobre las políticas, normativas y medidas en esta materia. Para ello, elaborará anualmente un informe que será remitido al Congreso de los Diputados y sometido a debate.