El Ministerio de Economía publica el Real Decreto para la liberalización del segundo dividendo digital, clave para el despliegue 5G

El Ministerio de Economía y Empresa ha abierto a información pública este martes lo que supondrá la autorización de uso de la banda de frecuencias de 700 MHz para los servicios de banda ancha inalámbrica, que es requisito indispensable para el despliegue 5G y la extensión de su cobertura.

Extracto del proyecto de Real Decreto que regula la liberación del segundo dividendo y establece el plan técnico para la TDT.

El proceso de audiencia pública estará abierto hasta el próximo 18 de febrero. La liberación de la banda de 694-790 MHz, que es la que incluye el segundo dividendo, debe finalizar antes del 20 de junio de 2020 y está regulado por la Decisión (UE) 2017/899 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el uso de la banda de frecuencias de 470-790 MHz en la Unión Europea, para garantizar un enfoque coordinado del uso de esta banda en toda la UE.

Plan TDT

El proyecto de Real Decreto también incluye el plan técnico nacional de la televisión digital terrestre que proporciona la seguridad y garantías para la continuidad y el futuro del servicio de televisión digital terrestre. Al menos hasta 2030, se garantiza el uso de la banda 470-694 MHz para el servicio TDT.

En esta banda se dispondrá de las mismas redes de televisión digital terrestre que existen en el Plan técnico actualmente en vigor, y se mantiene la oferta de canales de televisión digital terrestre existentes en la actualidad. Además, se mantiene asimismo la capacidad para realizar desconexiones territoriales en los múltiples digitales que la tienen en la actualidad.

Alta definición para enero de 2023

El documento especifica que cada múltiple digital tendrá capacidad para integrar señales de hasta cuatro canales de televisión en alta definición y podrán continuar las emisiones actuales en definición estándar. También establece que todos los canales de televisión deberán evolucionar su emisión hacia la alta definición antes del 1 de enero de 2023.

Además, todos los receptores de televisión digital terrestre que se pongan en el mercado español tienen que incluir obligatoriamente la capacidad de recibir las emisiones en alta definición a partir de seis meses después de la entrada en vigor del Real Decreto. Los de mayor tamaño deberán incorporar también la capacidad de recibir emisiones en ultra alta definición, emisiones con la tecnología de transmisión DVB-T2, y servicios interactivos HbbTV.

 
 
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