Aquellos edificios de viviendas que dispongan de un sistema de recogida neumática de residuos no tendrán que disponer de un espacio específico destinado a almacén de contenedores, obligatorio para el resto de sistemas de retirada de basuras. Así lo recoge la última actualización del Código Técnico de Edificación, publicada el pasado 23 de diciembre.
La modificación del código en lo referente al Documento Básico de Salubridad para Edificios (BD-HS) implica que los edificios de nueva construcción que opten por instalar un sistema de recogida neumática de residuos podrá destinar el espacio obligatorio para almacén de contenedores a otros usos y servicios de utilidad para los residentes, en aquellos municipios donde estos almacenes no computan como edificables.
Según Envac Iberia, compañía especializada en este tipo de sistemas de recogida de basura, en el caso de las ciudades con un PGOU que permite computar los almacenes en planta baja a efectos de edificabilidad, esta actualización del Código Técnico de Edificación, será un generador de plusvalías para los promotores.