La contratación pública debe ser instrumento medioambiental y de I+D

El Consejo de Ministros remite a las Cortes Generales, para su aprobación con carácter de urgencia, dos Proyectos de Ley que transponen a la legislación española tres Directivas comunitarias relativas a la contratación pública sobre la mejora en la publicidad, competencia y transparencia, la lucha contra la corrupción e instrumento de políticas medioambientales y de I+D en los procesos de licitación.

Los nuevos Proyectos de Ley se refieren a las Directivas aprobadas por la Unión Europea en 2014 sobre contratación pública y sobre contratación en los sectores de agua, energía, trasportes y servicios postales, así como la Directiva sobre contratos de concesión, que se ha incorporado a los dos Proyectos de Ley. El plazo de los estados miembros para transponer estas normativas, ya venció el pasado 18 de abril, de ahí su aprobación con carácter de urgencia.

Una de las principales novedades que incluyen los nuevos Proyectos de Ley es que prevén que la contratación pública pueda servir como instrumento de políticas medioambientales, sociales y de innovación y desarrollo. De tal forma que, en materia de medioambiente, se exigen certificados de calidad a los licitadores para acreditar su experiencia o su buen hacer en el ámbito de protección del medio ambiente.

Asociación para la innovación

En materia de I+D, destaca la importancia de estos Proyectos de Ley ya que regulan un nuevo procedimiento de adjudicación de contratos públicos denominados de asociación para la innovación, encaminados a dar cobertura a necesidades públicas que no se puedan satisfacer con las soluciones existentes en el mercado y que, por tanto, exigen la realización de actividades de investigación y desarrollo en obras o servicios.

Previa selección de los candidatos, en la primera fase se contrata el desarrollo de los proyectos de I+D, que dispondrán de la correspondiente financiación y, finalmente, se analizan los resultados alcanzados y se adjudica el contrato de adquisición del bien o servicio a una o varias de las empresas de acuerdo con los criterios objetivos previstos en el pliego.

Mayor transparencia

Con estas transposiciones de la Legislación europea, se aprueba una regulación más rigurosa y transparente por la que se suprime el procedimiento negociado por razón de cuantía, que no tiene publicidad, creándose un nuevo procedimiento denominado Abierto Simplificado, con una duración del proceso de contratación muy breve, aproximadamente un mes, que será totalmente trasparente con publicidad obligatoria. 

 
 
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