Factura electrónica y factura en papel se equiparan por decreto foral en el Gobierno de Navarra con el fin de reducir costes.

El Gobierno de Navarra equipara la factura electrónica a la factura en papel con el objetivo de impulsar la modalidad electrónica, reducir costes y hacer más competitivas a las empresas. Este hecho se produce después de que el Ejecutivo navarro aprobara por decreto foral un reglamento de facturación que presenta como principal novedad un sistema basado en dos tipos de registros: la factura completa u ordinaria y la factura simplificada, que sustituye a los denominados tiques.

El decreto foral no obliga al empleo de una tecnología electrónica determinada, si bien precisa que la utilización no obligatoria del intercambio electrónico de datos (EDI) y la firma electrónica garantizan la autenticidad del origen y la integridad del contenido de las facturas y su legibilidad.

El reglamento consta de 26 artículos divididos en tres títulos y seis disposiciones adicionales y dos transitorias. Deroga la normativa actualmente en vigor (Decreto Foral 85/1993 y Decreto Foral 205/2004, entre otros) y la adapta a la Directiva europea 2010/45 y su traslación a la normativa estatal (Real Decreto 1618/2012), tendentes a la armonización de normas de la factura electrónica en el ámbito de la Unión Europea y otros aspectos de simplificación para mejorar el funcionamiento del mercado interior.

El decreto foral fue sometido al trámite de audiencia, con remisión a entidades como Cámara Navarra de Comercio e Industria, Confederación de Empresarios de Navarra, Club de Marketing y colegios de abogados, economistas y titulares mercantiles, entre otros, sin registrarse alegaciones.

 
 
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