La Gerencia de Urbanismo de Sevilla redacta una nueva Ordenanza Reguladora de las Infraestructuras Radioeléctricas.

La Gerencia de Urbanismo de Sevilla, en colaboración con la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, ha redactado una nueva Ordenanza Reguladora de las Infraestructuras Radioeléctricas con el fin de crear un marco regulador acorde con el momento actual caracterizado por el desarrollo e implantación de las nuevas tecnologías de la comunicación y, en especial, de las comunicaciones inalámbricas.

Según ha explicado el delegado de Urbanismo,Maximiliano Vílchez: "el objeto principal de esta Ordenanza es trasladar a nuestro ordenamiento local lo dispuesto en la Ley General de Telecomunicaciones, que reconoce la necesidad de solucionar las dificultades encontradas por los operadores para el despliegue de las infraestructuras de comunicación, respetando las competencias municipales en materia de ordenación urbanística y protección ambiental".

Además de haberse redactado en un marco de colaboración entre administraciones, esta nueva Ordenanza es el primer texto redactado tras las últimas determinaciones legales, aprobadas el pasado 26 de diciembre, y recogidas en la Ley 12/2002, de medidas urgentes de liberalización del comercio y determinados servicios. Dicha Ley prevé la inexigibilidad de licencia de actividad o funcionamiento, así como la de obras, lo que supone la agilización de los trámites para la instalación y para la prestación del servicio, al sustituir el trámite de solicitud de licencia por la presentación de Declaración Responsable.

Excepciones a la inexigibilidad 

No obstante, en el texto de la Ordenanza se ha incluido como excepción a esta inexigibilidad de licencia, aquellos supuestos en los que para la instalación de una infraestructura radioeléctrica sea preciso un refuerzo estructural del inmueble en el que se proyecte su ubicación, así como aquellos supuestos en los que se exiga licencia por la normativa estatal.

La presente Ordenanza recoge también la posibilidad de instalación de infraestructuras radioeléctricas en suelo público, previa licencia de utilización del mismo.

Todo ello, sin perjuicio del control posterior que la Administración ejercerá sobre las instalaciones sujetas al nuevo régimen de intervención por declaración responsable, así como de la transparencia y publicación de los planes de implantación de los operadores recogidas igualmente en la Ordenanza, como garantes del derecho al paisaje urbano de los ciudadanos.

Paralelamente a la aprobación de esta nueva Ordenanza, la Gerencia de Urbanismo ha tramitado una modificación puntual del PGOU derivada, precisamente, de la implantación de nuevas tecnologías de la comunicación, especialmente de las inalámbricas. Dicha modificación se concreta en una nueva redacción del artículo 6.6.44 del Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbanística, por el que se regulan las condiciones urbanísticas y medioambientales a las que deben someterse la particulares para las instalaciones de radiocomunicación.

Con esta modificación se pretende adoptar la regulación contenida en el citado artículo a la nueva regulación municipal practicada por la Ordenanza Reguladora de Infraestructuras Radioeléctricas.

 
 
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