Los tres grupos políticos municipales de Madrid han aprobado por unanimidad en un Pleno celebrado recientemente una enmienda a la Ordenanza Reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en determinadas Zonas de la capital española, por la que los vehículos híbridos no enchufables y los propulsados por combustibles menos contaminantes -en el Área Diferenciada "Vehículos Comerciales e Industriales"-, pagarán por esta tasa 272 euros al año, un 25% menos que el resto de los vehículos, que abonarán 362 euros anuales.
Esta enmienda se ha presentado para fomentar la utilización de energías y motorizaciones alternativas con el objetivo de proteger la calidad del aire en el municipio de Madrid.
Los vehículos comerciales e industriales beneficiados por la enmienda son aquéllos de hasta 5.000 kilos cuando se trate de vehículos propulsados por combustibles menos contaminantes, como el Gas Licuado de Petróleo (GLP) y Gas Natural Comprimido (GNC) e híbridos no enchufables.
El Decreto 8 de mayo de 2006 permite a los furgones, furgonetas y camiones de hasta 3.500 kilos, vehículos mixtos adaptables y vehículos rotulados, dedicados a actividades comerciales e industriales, obtener un distintivo (la llamada "tarjeta naranja"), que les habilita a aparcar en las plazas azules de todas las zonas del SER por un tiempo máximo diario de 5 horas.
Con la modificación de este Decreto se extiende también a los furgones, furgonetas y camiones de hasta 5.000 kilos la posibilidad de obtener este distintivo cuando sean híbridos no enchufables o propulsados por combustibles menos contaminantes, como GLP o GNC.
La distribución urbana de mercancías y reparto supone, en los períodos de máxima intensidad, entre un 20 y un 25% de los vehículos en la almendra central y en los principales ejes comerciales de la ciudad. Además, estos vehículos representan, de media diaria en el tráfico, aproximadamente el 7% del total de los óxidos de Nitrógeno (NOx) y el 9% de los dióxidos de Nitrógeno (NO2).