El impulso que el Gobierno de la Ciudad de Madrid está dando al uso ciclista de la vía pública va a dar un paso importante. Cinco años después de que se aprobara la actual Ordenanza de Movilidad -el 26 de septiembre de 2005- el Ayuntamiento prepara un borrador que la modifica, una iniciativa que ha presentado el delegado de Seguridad y Movilidad, Pedro Calvo. Los cambios afectan a 26 artículos y suponen además la incorporación de 7 nuevos preceptos y la supresión de 9. Aunque las modificaciones más importantes afectan a la circulación de bicicletas, también hay novedades para la carga y descarga, los transportes especiales y las infracciones.
Calvo ha explicado que esta adaptación del articulado responde especialmente a los objetivos del Plan Director de Movilidad Ciclista y a la próxima puesta en marcha de un sistema público de alquiler de bicicletas. Recordó que Madrid se ha marcado como objetivo alcanzar para 2016 un 3% de movilidad ciclista, una cifra en apariencia escasa, pero que tiene una gran importancia si se compara con el 0,6% de ahora y porque además representa un valor añadido al ser un vehículo que permite complementar la etapa de un viaje realizado en transporte público o incluso en coche, y no sólo como solución para un trayecto completo. Y, sobre todo, porque ese 3%, señaló el delegado, "implica revisar todo el sistema y repensar toda la ciudad".
El nuevo texto hace hincapié en la seguridad. Por ejemplo, los vehículos motorizados, cuando estén circulando detrás de una bicicleta, mantendrán una distancia que nunca podrá ser inferior a los 5 metros, y en la calzada, las bicis circularán ocupando la parte central del carril. En las vías con más de un carril circularán siempre por el de la derecha, mientras que en caso de existir carriles reservados a otros vehículos, lo harán en las mismas condiciones por el carril contiguo al reservado.
Además, cuando circulen bicicletas y otros vehículos por calles de uno o varios carriles de circulación por sentido, y se indique mediante señalización específica, la velocidad de los otros vehículos se deberá adaptar a la de la bicicleta y, en cualquier caso, no podrá superar los 30 Km/h. Y se prohíben los adelantamientos de bicicletas dentro del mismo carril de circulación.
Prioridad peatonal
Salvo en las zonas habilitadas al efecto, se prohíbe la circulación de bicicletas por las aceras y demás zonas peatonales, y en las calles de prioridad peatonal los vehículos deberán circular a una velocidad moderada y los peatones tendrán siempre prioridad. En caso de que el vehículo sea una bicicleta, si la distancia entre el ciclista y los peatones no puede ser como mínimo de 1 metro, el ciclista deberá descender de su vehículo y circular andando para garantizar la seguridad de los peatones.
Igualmente, al regular la circulación por las vías ciclistas se establece que en las aceras-bici, los peatones tendrán preferencia para atravesarlas transversalmente cuando accedan a la banda de estacionamiento, parada de transporte público o calzada. Por el contrario, en los carriles-bici la prioridad de paso es de las bicicletas, y sólo se podrán atravesar transversalmente y por los pasos de peatones señalizados al efecto.
Respecto al estacionamiento de las bicicletas, se garantiza el tránsito de personas que cuenten con alguna discapacidad o problema de movilidad, y se incluye la prohibición de estacionamiento de bicicletas privadas en los espacios destinados a las bicicletas públicas. Finalmente, el nuevo texto obliga al equipamiento de la bicicleta tanto de día como de noche o en condiciones climatológicas adversas.
Carga y descarga
La principal novedad es que se establece un tiempo máximo de 30 minutos para el estacionamiento en las reservas de carga y descarga, algo indispensable a la hora de incrementar la capacidad y lograr una mejor rotación de los vehículos que operan en el mismo espacio. La Ordenanza actual es mucho laxa en este sentido y sólo señala que las operaciones de carga y descarga se efectuarán con la mayor celeridad. "Gran parte de la competitividad de las ciudades se juega, decisivamente, en el terreno de la movilidad", subrayó Calvo. "Y la distribución urbana de mercancías es fundamental, ya que un funcionamiento eficiente de esta actividad reporta a nuestra ciudad enormes ventajas económicas, sociales y medioambientales".
Transportes especiales
En este apartado, se simplifica el procedimiento de autorizaciones para los vehículos que no superen determinadas masas y dimensiones, y Calle 30 queda como única vía delimitadora. También se regulan de forma detallada los distintos tipos de autorizaciones especiales para dar respuesta a las diferentes necesidades de desplazamientos de este tipo de vehículos por la Ciudad de Madrid. Entre ellos, destaca la habilitación para circular los días laborables entre las 10 y las 13 horas, y entre las 16 y las 18 horas, siempre que se efectúe por Calle 30 en superficie y dispongan de una autorización genérica. Y finalmente , se introducen dos nuevos preceptos que regulan los vehículos que necesitan acompañamiento policial y, al mismo tiempo, la documentación que deben aportar los interesados.
De esta forma, explicó Calvo, la gestión del transporte de mercancías es más sencillo y ágil, y se logra un transporte más seguro, eficiente y respetuoso con el medio ambiente.
Sanciones
Las infracciones serán sancionadas de conformidad con lo que establece la nueva Ley estatal sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que unifica criterios con independencia de lugar donde se cometa la infracción. Igualmente, la reforma de la Ley de Seguridad Vial hace necesaria la modificación de la Ordenanza, ya que el importe de las sanciones graves y muy graves es único para todas las infracciones cometidas en territorio nacional. Conforme a esto, las infracciones leves, sancionadas con un importe de hasta 91 euros pasan a una propuesta de sanción hasta 100 euros. Las tipificadas como graves en la anterior Ley, con importe entre 92 y 300 euros, pasan a 200 euros, mientras que las infracciones muy graves, con un importe de entre 301 y 600 euros, pasan a tener un importe de 500 euros. Destaca el aumento de la reducción de la sanción si se abona dentro de los primeros 20 días, que pasa del 30% al 50% del importe.
Fuente: Ayuntamiento de Madrid