El Gobierno foral aprueba el proyecto de Norma que enviará a Juntas Generales para potenciar la bicicleta como alternativa al automóvil Vitoria-Gasteiz, 15 de diciembre de 2009. La Diputación de Álava ha redactado el primer proyecto de Norma para el Territorio sobre vías ciclistas.
Se trata de desarrollar la competencia que la legislación otorga a los territorios históricos y que, en el caso alavés, no se había abordado. De esta manera, la Diputación, competente en materia de transportes y obras públicas, dispondrá de un instrumento jurídico que le permita proyectar vías ciclistas, generalmente de forma cercana a la red viaria del Territorio, con similares competencias a las utilizadas para proyectar y ejecutar carreteras.
El gobierno foral liderado por Xabier Agirre, cumple así tanto el compromiso expresado en su día por el titular de Obras Públicas y Transportes, Luis Zarrabeitia, como la moción al respecto que aprobaron las Juntas Generales de Álava. Tras la aprobación de esta Norma Foral nacerá por lo tanto una marca registrada, Vías Ciclistas de Álava, y un nuevo concepto jurídico inexistente hasta ahora en el Territorio alavés, más allá del de carretera o camino.
El objetivo, en palabras de Luis Zarrabeitia, es el de “dotar a Álava de una figura necesaria para potenciar la movilidad sostenible, el ocio, el deporte y el respeto a la naturaleza como alternativa segura al vehículo privado”.
Para la elaboración de este novedoso proyecto de Norma foral, el Departamento de Obras Públicas y Transportes ha contado con la colaboración de los departamentos de Agricultura, Administración Local y Medio Ambiente, así como con la participación de la Federación Alavesa de Ciclismo, la Asociación alavesa de Concejos y Bizikleteroak.org. De hecho el proyecto contempla la creación del Consejo de la Bicicleta de Álava.
El proyecto de Norma recoge también su necesario desarrollo y así establece que, en el plazo de un año tras su aprobación, estará elaborado un Plan Director y un Catálogo de vías ciclistas posibles para el Territorio.
Definiciones
Las futuras vías ciclistas alavesas serán infraestructuras de dominio público proyectadas y construidas o exclusivamente acondicionadas para la circulación de bicicletas, con la señalización horizontal y vertical correspondiente, siempre y cuando su ancho garantice el paso seguro de estos vehículos.
Esta catalogación no incluye ni a las vías verdes ni a los caminos agrícolas, cuya utilización por la bicicleta esta relacionada más con la naturaleza que con la movilidad diaria.
La vías ciclistas se clasificarán en:
- Sendas ciclables: donde la convivencia entre peatón y bicicleta es su rasgo fundamental.
- Pista-bici: pensada para ciclistas y separada de la carretera.
- Acera-bici: diseñada sobre una acera de forma diferenciada a ésta.
- Carril bici protegido: el que ocupa parte de la calzada pero cuenta con elementos de separación respecto a la misma.
- Carril-bici: adosado a la calzada, generalmente en el mismo sentido de circulación de la misma.
- Arcén-bici: ocupando el arcén de la calzada, señalizado y unidireccional.
- Vía señalizada compartida: parte de la calzada en casos de bajo tráfico con señalización específica.
Características
La titularidad de las vías ciclistas podrá ser foral o acordarse su traspaso a entes municipales. Su financiación podrá ser pública o a cargo de personas físicas o jurídicas, en cuyo caso, recibirían un trato fiscal especial.
Podrán ser proyectadas y construidas conjunta o separadamente de una carretera con igual régimen de declaración de utilidad pública a la hora del tratamiento de los bienes afectados por su construcción.
Se procurará especial atención a la hora de su construcción para dotarles de seguridad en los cruces con otras vías, de continuidad, de sostenibilidad, de accesibilidad a los principales núcleos de población, y señalización y pavimentación adecuada.
Las futuras vías ciclistas alavesas estarán bordeadas por una zona de domino público de un metro de anchura, más una servidumbre de 2 metros y una zona de afección de otros 2 metros que no podrán ser enajenadas y que estarán sujetas a la normativa.
El límite de velocidad será de 40 kilómetros por hora y contarán con un régimen de protección que exigirá autorización para realizar obras (siempre soterradas) así como plantaciones, circulación con vehículos a motor u otras actividades que afecten tanto a la vía como a la zona de dominio público, servidumbre y/o afección.
Este régimen de protección irá acompañado de otro de sanciones (leves, graves y muy graves) que podrán llevar aparejadas multas desde 30 hasta 60.000 euros. Se trata de evitar que las futuras vías fueren obstaculizadas o deterioradas.